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La residencia por patrocinio del empleador

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Cuando una empresa necesita contratar personal extranjero, lo primero que debe hacer es demostrar ante las autoridades que a pesar de los esfuerzos de reclutamiento, no se ha encontrado al candidato idóneo, por lo que se hace necesario buscarlo afuera del país. El empleador entonces pasa a ser “patrocinante” o “solicitante” del empleado que aspirará a una residencia permanente.

Existen 5 posibles categorías -dependiendo de las habilidades y preparación del profesional a contratar- que determinan si es elegible para la residencia,

 

EB-1 Trabajadores prioritarios

Empleado con habilidades extraordinarias en el campo de ciencias, artes, educación, comercio o atletismo. Por ejemplo profesores o investigadores distinguidos; también altos gerentes o ejecutivos que manejan transferencias internaciones a los Estados Unidos.

EB-2 Profesionales con educación de alto nivel

Personas con educación de alto nivel, como los médicos calificados en áreas en las que EE.UU. presenta déficit.

EB-3 Trabajadores especializados o profesionales

Licenciados que no califican para una categoria mayor pero que tienen al menos dos años de experiencia y preparación. En esta categoría entran los empleados domésticos que tienen al menos dos años de educación y que viven en la misma casa del empleador.

EB-4 Imigrantes Especiales

Aquellos cuyo trabajo es de índole religiosa (sacerdotes, por ejemplo), o que fueron empleados del gobierno de los EE.UU. en el extranjero.

EB-5 Inversionistas inmigrantes

Empresarios solos o acompañados de su cónyuge y sus hijos solteros que pueden demostrar que están llevando a cabo una “inversión cualificada” en EE.UU. y que gracias a esa inversión se están generando nuevos empleos directa o indirectamente dentro del país.

Dependiendo del caso se inicia el trámite que suele durar entre 1 y 3 años, aunque el empleado ya esté trabajando en EE.UU. con una certificación laboral. Tener dicha certificación es parte del proceso, pero no es válido como residencia. Cuando se ha logrado la certificación es cuando se procede a hacer la petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero (Forma I-140 Immigrant Petition for Alien Worker).

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  1. YO ESTOY EN MEXICO ACTUALMENTE ACABO DE LLEGAR DE LA CIUDAD DE LOS ANGELES, ESTUVE TRABAJANDO EN UNA COMPANIA QUE SE LLAMA METRO FIRE PROTECTION INC. TRABAJE POR MAS DE 4 ANOS EN ESA COMPANIA ACTUALMENTE TENGO UNA NINA K TIENE APROCCIMADAMENTE 1 ANO 5 MESES NACIDA EN LOS ANGELES CALIFORNIA MI ESPOSA TIENE PERMISO DE TRABAJO NO SE SI MI PATRON PUDA SOLICITAR UNA VISA PARA PODERME REGRESAR Y ASI ESTAR CON MY FAMILIA. DE ANTE MANO GRACIAS .

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